Crimino-Victimologí­a

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Crimino-Victimologí­a

La autora expone el concepto de criminología y victimología, su importancia, aplicaciones y antecedentes históricos; la ubicación de la misma en el proceso penal y la necesidad de sentar bases para su estudio en el estado de Tabasco de manera científica y profesional.

Fundamentación de la urgencia de desarrollar el campo de estudio en Tabasco
de forma profesional y científica en el contexto actual (2006)

I.   RESUMEN.
La autora expone el concepto de criminología y victimología, su importancia, aplicaciones y antecedentes históricos; la ubicación de la misma en el proceso penal y la necesidad de sentar bases para su estudio en el estado de Tabasco de manera científica y profesional.

II.  INTRODUCCIÓN.
Como bien sabemos, el derecho penal nació para limitar el poder punitivo del Estado, el cual era brutalmente ejercido por el monarca y el sacerdocio a lo largo de los siglos. Las fases del desarrollo del derecho punitivo se transformaron debido a la proyección del poder político y social sobre la comunidad y a la necesidad de mantener el control sobre la colectividad, sea a través de la religión, el imaginario colectivo, la superstición, la represión o la coacción, real o imaginaria, que asume como sus blancos perfectos los cuerpos de los penados, los cuales son equiparables a la acuarela en blanco para un pintor.

Así las cosas, el derecho penal nace para limitar y para restringir la potestad de castigo, cuya aflicción se transforma en arte y en necesidad de estudiar los efectos de la aplicación de las penas. De esto se ocupa la penología, la cual encuentra en Michael de Foucault uno de sus máximos exponentes, aseveración que encuentra muy pocos defensores en nuestro país.

Dado lo cual, hemos acudido a la aflicción del penado, más hemos dado muy poca, o ninguna, importancia a los sufrimientos de la víctima del delito, del quejoso, del doliente, del pasivo o de los ofendidos. El artículo 20 Constitucional en su apartado B contempla básicamente los derechos que tiene la víctima del delito en el proceso penal, los cuales son bastante limitados con respecto a los que se otorgan al victimario, cuya denominación varía de acuerdo a las fases procesales respectivas como sujeto activo del delito, inodado, incoado, acusado, probable responsable, reo o sentenciado. La legislación de Tabasco establece una acción civil para el resarcimiento de la víctima del delito, más sin embargo, no le otorga la posibilidad de obtener la reparación del daño en consonancia del artículo 17 de nuestra Constitución: de forma rápida, gratuita y expedita.

III.    OBJETIVOS Y METAS.

En este pequeño trabajo, expondremos los principios básicos de la Victimología, de donde procede el término, su importancia, el por qué es necesario su estudio y sentar bases reales, serias para su aplicación en el Estado de Tabasco. Asimismo, buscamos crear conciencia respecto a la necesidad de formular un marco jurídico especial que se dirija a la atención de las víctimas del delito.

IV.    DESARROLLO.
Retomando los puntos de vista antes expuestos, debemos tomar en consideración que la palabra Victimología fue acuñada den 1949 por el psiquiatra estadounidense Frederick Wertham, quien propugnaba por una “ciencia de la Victimología”, que estudiase la sociología de la víctima.

Sin embargo, fue Hans Von Henting quien nos proporcionó una interesante obra intitulada The Criminal and his Victim(1948) la cual es considerada actualmente como el texto precursor del desarrollo de estudios en torno a las víctimas. Crítico de la criminología orientada al transgresor, Von Henting propuso un enfoque dinámico e interaccionista que cuestionaba la concepción de la víctima como actor pasivo, para lo cual se centró, de manera simultánea, en las características de la víctima que supuestamente precipitan su victimación y en la relación transgresor-víctima.

Posteriormente, Mendelsohn intentó identificar las características personales que predisponían a ciertas personas a la victimización. Con base en las explicaciones de la causalidad de los accidentes, trató de cuantificar el grado de la contribución culpable (sic) de la víctima a la perpretación del delito. Posteriormente, los norteamericanos y los criminólogos de la corriente crítica fueron quienes impulsaron el estudio de la Victimología, a efectos de brindar un enfoque más dinámico a su ciencia, menos positivista y a la vez, más cargado de contenido humano, de compasión y de comprensión, sin perder la objetividad y la perspectiva que se debe conservar en el estudio de las patologías que interesan a las ciencias de la conducta humana criminal.

De acuerdo a nuestra autora en cita, “…hoy, las víctimas son objeto de un interés sin precedentes, como tema de la investigación criminológica y como foco de las políticas relacionadas con la justicia penal… la investigación en torno a las víctimas ha dejado sentir su influencia en todos los aspectos del pensamiento criminológico, alterando profundamente nuestras representaciones del delito al desvelar una inmensa gama de crímenes ocultos, dirigidos muchos de ellos contra los miembros más vulnerables de nuestra sociedad…las presiones políticas han contribuido a infundir relevancia al perfil de la víctima, lo que se traduce en un reconocimiento de sus necesidades y de la importancia que revisten los servicios especializados….se han expandido en un grado incalculable aspectos como la compensación, la provisión de servicios y la información, permitiendo así que los intereses de las víctimas ocupen un lugar destacado en las decisiones capitales del proceso de justicia penal…”

En este sentido, Lucía Zedner nos advierte que el lado oscuro de las cosas puede indicar que “…la víctima puede ser utilizada para justificar la punición y promover los intereses de las víctimas por sobre el agresor…”

Lo que respecta al escenario mexicano la situación es particularmente interesante toda vez que “…nos enfrentamos a una industria del control delictivo, a la expansión carcelaria, a la selectividad del individuo en la legitimación de dicha expansión, al incremento de las tasas de encarcelamiento y a una respuesta social del crimen…todo parece indicar que solamente hemos dosificado las acciones de intervención del delito, o mejor dicho, sólo hemos visto hacia un extremo del mismo, sin considerar que es un problema que va más allá de una simple relación cotidiana en la sociedad…”

El enfoque victimológico de dichas circunstancias nos propone comprender que el verdadero punto de partida no solamente abarca a delito y delincuente, sino también la intervención de la víctima, no en el sentido del individuo que sufre o de la persona que se venga, sino más bien en el escenario de oportunidades (principalmente económicas) que representa el individuo para el delincuente.

La victimología es un vocablo compuesto que, etimológicamente quiere decir “tratado de las víctimas”. Podemos definirla sucintamente como la ciencia que se ocupa del estudio de las víctimas y de las causas de su victimización, el Iter Victimae – la trayectoria que la conduce a convertirse, de forma activa o pasiva en la parte del proceso penal que resiente las consecuencias de la conducta del delincuente o sujeto activo del delito-.

Su estudio es sumamente reciente en nuestro país y puedo afirmar que dicha ciencia es de vanguardia para Tabasco, donde su tratamiento se reduce solamente al estudio de los textos de Luis Rodríguez Manzanera y de Elías Neuman, independientemente de cuan respetables puedan ser los puntos de vista de ambos especialistas. La victimología no es por si misma una ciencia independiente: debe su existencia y su presencia en el universo de las ciencias penales a la criminología, ciencia de trascendente importancia que se define, según César Herrero Herrero como “…ciencia empírica e interdisciplinar que tiene por objeto de análisis la personalidad del autor del comportamiento del delito, de la víctima y del control social de las conductas desviadas y criminosas…”

Como ciencia que es, cuenta con un método propio. Es una ciencia aplicada en el sentido de que está orientada, al examen o estudio de las leyes explicativas de los fenómenos naturales y las relaciones existentes entre las distintas variables que de dichos fenómenos se derivan, con el fin inmediato de resolver situaciones problemáticas concretas de la vida real.

En el caso de nuestras ciencias en comento, las ciencias relacionadas con el fenómeno criminal o delincuencial, el estudio científico y profesional de dichas problemáticas revisten una trascendental importancia, toda vez que acudimos al escenario de una evidente trivialización del estudio de la criminalidad y las víctimas del delito. Licenciados en derecho, maestros en derecho, politólogos, doctores en derecho, doctores en ciencias, maestros universitarios, médicos generales, consideran que tienen la sapiencia y la inteligencia suficiente para ingresar a los laberintos de la explicación de la conducta crimino-victimal en nuestro país. Y en ese trayecto es donde se han perdido.

El tratamiento de la conducta crimino-victimal es competencia de profesionales dada la delicadeza del entramado del sistema nervioso, del necesario conocimiento clínico del surgimiento de las patologías de la mente y del espíritu. Reviste una singular complejidad porque conjuga psicología, psiquiatría, parámetros de medición clínicos y una capacidad de observación e intuición que solamente el profesional forjado como tal puede desarrollar al momento de encontrarse en lo que Federico Echeverría Solano denomina los escenarios de investigación (criminología de campo) y sus respectivos niveles de interpretación, que implica niveles de interpretación conductual, personal y general.

La victimología es una ciencia necesaria para Tabasco: nuestros índices delictivos han oscilado de forma dramática; nuestras prisiones viven sobrepoblación carcelaria[9] el cual osciló de 125% en 2003, a 129%en 2004 y a 127% en 2005 por cada cien espacios disponibles, nuestro código penal insiste en la aplicación de penas demasiado elevadas para cualquier delito, los índices de violencia contra la mujer y los menores son crecientes y nos encontramos citados en el índice nacional de Transparencia Mexicana como uno de los estados de la federación más corruptos que existen.  Y apreciamos con singular preocupación que existen pocos, demasiado pocos estudios serios en la entidad en materia de Criminología y victimología, los cuales ya son indispensables a fin de brindar soluciones reales, consistentes e inteligentes en materia de control de la delincuencia.

Para muestra de esta situación, el siguiente ejemplo: el Instituto Nacional de Estadísticas, Geografía e Informática en su página de internet nos presenta el índice de denuncias de hechos presentadas ante el Ministerio Público a partir de las cuales se inician las averiguaciones previas, que es donde se detecta la victimización en primera instancia es el siguiente.

Tabasco[10]
Total
Fuero común Fuero Federal
Absolutas Tasa por cada mil habitantes Absoluto Tasa por cada mil habitantes Absoluto
Tasa por cada mil habitantes
2003 40756 20.2 39747
19.7 1009
0.5
2004 24859 12.2 23989
11.7 870 0.4
2005 
10440 5.0 9995 4.8 445 0.2

Como podemos apreciar, hay una disminución del índice de denuncias presentadas, de los años 2004 a 2005, lo cual no podremos explicar con claridad, toda vez que desconocemos las razones a que obedece dicho descenso, dado que no existen estudios de victimización en nuestro Estado.

Otro ejemplo más claro y preciso: El Instituto Nacional de Geografía, Estadística e Informática nos presenta el índice de mujeres con al menos un incidente de violencia en los últimos doce meses por entidad federativa (2003), en donde aparecen entidades federativas tales como Nuevo León, Michoacán de Ocampo, Sonora, Quintana Roo y Yucatán, más donde no se enlista a Tabasco, sino que se engloba a los estados donde no hay seguimiento especializado en una cifra mayor; a la vez que encontramos más que vigentes a nivel estatal, de forma empírica, vía seguimiento de la prensa tabasqueña, situaciones que nos alarman y enojan por la impunidad con que se desarrollan los procesos de sumisión y victimización femeniles tal y como se destaca en el diario El Criollo con notas tales como “Malmataba a su vieja. Cae en manos de la ley el golpeador de mujeres”, suscrita por Juan Diego Morales, en la cual se dio cuenta de la consignación al CRESET del acusado Daniel Ignacio Morell Cicero acusado del delito de lesiones calificadas y violencia familiar en agravio de su esposa María del Pilar Colmenares Castillo bajo el número de expediente 04/2006, en el cual se consigna que “…su esposo Daniel la agredió a golpes con los puños cerrados al grado de que la tiró contra el suelo y también trató de ahorcarla, le ocasionó lesiones en la cara y el oído, y por ello requirió curación médica en la ciudad de México…”

Asimismo, es preocupante dar a conocer que de acuerdo a Esperanza Morales Borja, directora de planeación del Instituto Nacional de las Mujeres, las estudiantes más destacadas son las más propensas a sufrir violencia por parte de los hombres debido a que estos todavía no aceptan su crecimiento y madurez como ser humano. Estos son temas que debemos abordar desde una perspectiva victimológica sensible, profesional e inteligente.

En cuanto a la detección de denuncias por casos de maltrato infantil, encontramos que en los índices del INEGI Tabasco registra cero punto cero en los años 2002 y 2003, y 77 casos en el año 2005. En el mismo sentido apreciamos que en el índice estadístico correspondiente a porcentaje de casos comprobados de maltrato infantil presentados ante el Ministerio Público, se reporta que en los años 2002 y 2003 hubieron cero punto cero casos en tanto que en 2004 hay registrados 10 casos.

Si bien es cierto que hay aproximaciones al tema formuladas por respetables académicos, funcionarios públicos e intelectuales, es muy necesario que seamos capaces de ubicar el campo de acción de cada una de las ciencias que abarcan el espectro crimino-victimológico y de asumir la responsabilidad que por la lenidad en el tratamiento del tema hemos tenido a lo largo de estos años: debemos promover conferencias, simposios, invitar especialistas en el tema capaces de formar academia en dichas materias. En suma, nos invito a ser honrados intelectualmente hablando.

Al punto al que quiero llegar es a advertir al estudioso del derecho penal y la política criminal que no podemos seguir asumiendo que conocemos todo y que por ser posgraduados de disciplinas vinculadas al derecho penal y a la política criminal tenemos la facultad de dictaminar en materia de conductas crimino-victimales cual si poseyéramos el dominio del delicado entramado de las ciencias de la salud mental, espectro que abarca la criminología.

Dado su método, nivel de complejidad, capacidades y perfil distinto de los profesionales de derecho y de la criminología y la psicología forense, es necesario que aprendamos a dar a cada ciencia el sitio que le corresponde para así brindar mejores escenarios de interdisciplinariedad y una preparación más ética y acorde a la realidad a los profesionales de las ciencias penales.

De hecho, ante las circunstancias que vive nuestra entidad federativa y el país en general, con atención a la narcocrisis de inseguridad vivida recientemente, podemos asumir que es cierto el razonamiento que nos indica que “…se le ha restado importancia al delito, se le ha marginado y ha dejado de ser objeto de estudio por si mismo. Por añadidura, las causas del delito se perciben como normales u obvias, o en otros casos como una consecuencia de la intervención del sistema de Justicia penal…” En otras palabras: nos hemos acostumbrado al delito…lo estamos viendo como algo normal.

Por otra parte, carecemos de una Ley de Atención a la Víctima del delito, independientemente de lo útil y valiosa que puede ser la Ley para la prevención y tratamiento de la violencia intrafamiliar para el estado de Tabasco no colma los elementos básicos que debe cumplir una ley para la atención y protección de víctimas del delito ni abarca el espectro de la protección de testigos, el cual sería de gran utilidad para la prevención y disuasión de la delincuencia.

Conclusiones:

PRIMERA: A través de esta investigación breve aprendí que la victimología es una ciencia que se ocupa del estudio de las víctimas del delito. Más es una ciencia que debe ejercerse con amor, compasión y una profunda capacidad de empatía hacia el dolor de otros seres humanos, toda vez que implica incluso explorar a la víctima que lleva una dentro de sí y desactivar al victimario que lleva una consigo. La victimología implica empalizar, entrar en contacto con cautela y saber retirarse a tiempo. Implica comprensión y humanidad, respeto profundo y una tolerancia infinita hacia los demás seres humanos.

SEGUNDA: Es necesario emprender el estudio de la victimología en Tabasco de forma profesional, científica, seria y ordenada, de forma interdisciplinaria y metódica, bajo la guía de profesionales especializados en la materia a efectos de integrar investigaciones serias en materia de iter victimae, perfiles victimales y generación de bases serias para el estudio de la inteligencia criminal en nuestro Estado.

TERCERA: En este sentido es indispensable que contemos con las herramientas teórico-metodológicas que nos permitan desarrollar esquemas de conocimiento que nos permitan aportar a la sociedad soluciones reales del problema de la delincuencia permitiendo la integración de una academia en la materia que comprenda a especialistas en psicología, psiquiatría, sociología, historia y derecho y eso solo podrá hacerse a través de una capacitación especializada en materia victimológica y tanatológica, la cual es incipiente en nuestro país, más no por ello no digna de respeto. Nuestra Universidad y sociedad merecen esa integración interdisciplinaria, para que podamos interactuar y dar luz a nuestra comunidad. Agradezco la atención brindada al presente trabajo.

FUENTES CONSULTADAS

BIBLIOGRAFIA.
Echeverría Solano, Federico. Victimología General y Criminología de campo. 1ª edición. Editorial OGS S. A. de C. V. México. Agosto de 2003. Pp. 68 y 69. Herrero Herrero, César. Criminología. Parte General y Especial. 2ª edición, aumentada y actualizada. Editorial  Dykinson. Madrid, España, 2001. P. 29. Instituto Nacional de Geografía, Estadística e Informática. Vid

http://www.inegi.gob.mx/est/contenidos/espanol/rutinas/ept.asp?t=mvio37&c=5644&e=27, http://www.inegi.gob.mx/est/contenidos/espanol/rutinas/ept.asp?t=mvio03&c=4126&e=27http://www.inegi.gob.mx/est/contenidos/espanol/rutinas/ept.asp?t=mvio17&c=4136&e=27, Consultadas el 7 de agosto de 2006. Morales Borja, Esperanza.

“Estudiantes destacadas son las más propensas a sufrir violencia” Comunicado de Prensa No. 41. 29 de junio de 2006. Consultado en el sitio

http://www.inmujeres.gob.mx/pprincipal/index.html el 7 de agosto de 2006 por la ponente.

Zedner, Lucia. “Victimas” Manual de Criminología. Colección Textos Jurídicos Universitarios. 2ª. Edición en español. Traducción realizada por Arturo Aparicio Vázquez. Editorial Oxford University Press. México. 2002. P. 766.

HEMEROGRAFÍA.
Morales Arias, Juan Diego. “Malmataba a su vieja. Cae en manos de la ley el golpeador de mujeres” Diario El Criollo. No. 486. 30 de mayo de 2006. P. 9.

Ordaz Hernández, David. “Motivaciones y circunstancias para la victimización (una aproximación sociológica)” Revista Iter Criminis. 3ª época. Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE). México. 2005. Pp. 127-137.

LEGISGRAFÍA
Ley para la prevención y tratamiento de la violencia intrafamiliar para el estado de Tabasco. Publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 15 de mayo de 1999 en el suplemento número 5915. 

Autora: Mtra. Cecilia Natalia Díaz AguilarMaestra en Derecho Penal por la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco. Profesora Investigadora en  la División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades y en la División Académica de Ciencias Económico Administrativas de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco.

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[1] Zedner, Lucia. “Victimas” Manual de Criminología. Colección Textos Jurídicos Universitarios. 2ª. edición en español. Traducción realizada por Arturo Aparicio Vázquez. Editorial Oxford University Press. México. 2002. P. 766
[2] ídem.
[3] Ídem. P. 798.
[4] Íbidem.
[5] Ordaz Hernández, David. “Motivaciones y circunstancias para la victimización (una aproximación sociológica)” Revista Iter Criminis. 3ª época. Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE). México. 2005. Pp. 127-137.
[6] Ídem. P. 128.
[7] Herrero Herrero, César. Criminología. Parte General y Especial. 2ª edición, aumentada y actualizada. Editorial  Dykinson. Madrid, España, 2001. P. 29.
[8] Echeverría Solano, Federico. Victimología General y Criminología de campo. 1ª edición. Editorial OGS S. A. de C. V. México. Agosto de 2003. Pp. 68 y 69.
[9] Vid http://www.inegi.gob.mx/est/contenidos/espanol/rutinas/ept.asp?t=mvio17&c=4136&e=27, consultada el 7 de agosto de 2006.
[10]Instituto Nacional de Geografía, Estadística e Informática. Vid  http://www.inegi.gob.mx/est/contenidos/espanol/rutinas/ept.asp?t=mvio37&c=5644&e=27. Consultada el 7 de agosto de 2006.
[11] Morales Arias, Juan Diego. “Malmataba a su vieja. Cae en manos de la ley el golpeador de mujeres” Diario El Criollo. No. 486. 30 de mayo de 2006. P. 9.
[12] Morales Borja, Esperanza. “Estudiantes destacadas son las más propensas a sufrir violencia” Comunicado de Prensa No. 41. 29 de junio de 2006. Consultado en el sitio http://www.inmujeres.gob.mx/pprincipal/index.html el 7 de agosto de 2006 por la ponente.
[13] Ídem. Vid http://www.inegi.gob.mx/est/contenidos/espanol/rutinas/ept.asp?t=mvio03&c=4126&e=27 Consultada el 7 de agosto de 2006.
[14] Ordaz Hernández, David. Op. Cit. P. 129.
[15] Publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 15 de mayo de 1999 en el suplemento número 5915

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