Criminalí­stica

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Criminalí­stica

El Investigador Policial que toma conocimiento de una muerte deberá de inmediato tomar nota de la hora del comunicado y de todos los antecedentes posibles, para una mejor información y desplazamiento del personal necesario para la concurrencia, según las necesidades y una pronta llegada al lugar, como asimismo de la persona de quien informa

RECEPCION DE LA COMUNICACIÓN:

El Investigador Policial que toma conocimiento de una muerte deberá de inmediato tomar nota de la hora del comunicado y de todos los antecedentes posibles, para una mejor información y desplazamiento del personal necesario para la concurrencia, según las necesidades y una pronta llegada al lugar, como asimismo de la persona de quien informa los hechos, los que servirán para una posterior verificación.

1.2.- VERIFICACION DEL SITIO DEL SUCESO:

El Investigador Policial adoptará el máximo de rigurosidad y rapidez, a fin de verificar la existencia del hecho comunicado, como asimismo intentará en esta oportunidad obtener más antecedentes que le puedan ser útil para concurrir en la forma más preparada posible.

1.3.- COMUNICACIÓN DEL SITIO DE SUCESO AL JUEZ O FISCAL, SEGÚN PROCEDA:

Se comunicarán los hechos por la vía más rápida al juez o fiscal que corresponda para que concurra al lugar o en su efecto autorice las diligencias en el sitio de suceso.

1.4.- CONCURRENCIA AL SITIO DE SUCESO:

Se realizará a la brevedad posible y con los elementos y personal adecuado según el sitio del suceso, todo en atención a la naturaleza, ubicación geográfica, clima y cualquier otra situación a considerar en el momento.

1.5.- LLEGADA AL SITIO DEL SUCESO:

Este es el momento donde el Investigador Policial deberá posesionarse de todo su conocimiento y experiencia, teniendo en cuenta las REGLAS DE ORO DE LA CRIMINALISTICA:

a) No debe haber apresuramiento: El Investigador será acucioso y exigirá acuciosidad a los demás integrantes del conjunto de funcionarios. El esclarecimiento de un delito de homicidio:

depende, en gran medida, de la competencia del investigador que está a cargo, de su experiencia, de su habilidad, destreza, sagacidad que en ningún caso deben ser sinónimo de rapidez, aunque a veces, todos lo sabemos, hemos actuado muy rápido para preservar papeles, documentos, que se estaban quemando o cerrar puertas, ventanas, que permitían que penetre la lluvia, viento, etc., que destruían, alteraban y/o deformaban evidencias. Una mala interpretación debido a una manera deficiente o apresuramiento en la protección, fijación, inspección, descripción o una manera defectuosa de recoger evidencias, sellado, embalaje o envío al Laboratorio de Criminalística pueden significar errores que lleven a una incorrecta investigación con sus posteriores consecuencias.

b) En el Sitio de Suceso debe haber un mínimo de personas:

Varios funcionarios en el lugar del hecho entraban más que facilitan la acción policial y están propensos a alterar el orden que siempre debe primar en las distintas inspecciones a que se somete el sitio de suceso. Sólo las útiles, es decir, que se aproveche su presencia para que aporte ideas, que participe en la discusión final por su experiencia e idoneidad.

c) No se puede llegar a un Sitio de Suceso con ideas preconcebidas:

Un sitio del Suceso por mucho que se parezca a otro será siempre distinto. No podemos deducir a primera vista, por mucha que sea nuestra experiencia, nuestra capacidad deductiva, nuestra competencia.

2.- SITIO DEL SUCESO

“ES EL LUGAR, DONDE HA OCURRIDO UN HECHO DE INTERES CRIMINALÍSTICO Y SUS POSIBLES RAMIFICACIONES.”

Limitaciones del área en un sitio del suceso:

DEL HECHO: Ej. No es lo mismo trabajar un sitio de suceso de un suicidio simple, sin complicaciones, desorden o mayor sangramiento, que un parricidio, triple homicidio y suicidio.

DEL LUGAR: Es distinto el hallazgo de un feto envuelto en diarios en una plaza de Santiago que el destrozamiento de una persona por atropello de tren.

RAMIFICACIONES: Son las derivaciones del Sitio de Suceso original.

Ej. A mata a B en calle Manuel Montt Nro.1020 ( en el lugar hay numerosas evidencias de haberse cometido un delito contra las personas) y lo traslada a Irarrázaval Nro.2320 (Lugar donde se encuentra el cadáver).

2.1.- TIPOS DE SITIOS DEL SUCESO:

SITIO DEL SUCESO ABIERTO
CERRADO
MIXTO

SITIO DEL SUCESO ABIERTO: Es el que está delimitado por limites propios del lugar. Ej. Playa, desierto, campo deportivo, etc.

Debe trabajarse desde el foco hacia la periferia, estableciendo círculos concéntricos equidistantes, cuya dimensión varia de acuerdo a las características del lugar, el tamaño y extensión de los hallazgos, terminándose el trabajo en la zona donde no se encuentren más rastros,  huellas o indicios.

SITIO DEL SUCESO CERRADO: Es aquel circunscrito por limites precisos o que haya sido delimitado por el hombre. Ej. Camarines de un estadio, oficina, dormitorio del departamento 11, ubicado en calle Exequiel Fernández 2020 de la comuna de Ñuñoa. Deberá trabajarse desde la periferia hacia el foco o centro.

SITIO DE SUCESO MIXTO: Se denomina así por cuanto en él concurren características propias de los dos anteriores. Por ejemplo, patio de una casa. Para trabajarlo el investigador debe definir la forma más adecuada para su investigación, ya sea como Sitio de Suceso Abierto o Cerrado.

2.2.- PROTECCION.

Actuaciones de la Policía sin orden previa (Artículo 83 Código Procesal Penal) 1“ Corresponde a los funcionarios de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile, realizar las siguientes actuaciones, sin necesidad de recibir previamente instrucciones particulares de los fiscales”, letra c)“Resguardar el sitio del suceso. Para este efecto. Impedirán el acceso a toda persona ajena a la investigación y procederá a su clausura, si se tratare de local cerrado, o a su aislamiento, si se tratare del lugar abierto, y evitarán que se alteren o borren de cualquier forma los rastros o vestigios del hecho o se remuevan los instrumentos usados para llevarlo a cabo, mientras no interviniere personal experto de la Policía que el ministerio público designare”.

2.3.- INSPECCION OCULAR:

La inspección ocular consiste en observar cuidadosamente el sitio del suceso, debiendo para tal efecto determinar las características del mismo, si este es abierto o cerrado; sin embargo en ambos casos se deberá observar la metodología policial descrita, que permita al Investigador Policial tomar el primer contacto con el lugar de los hechos. Importante es tener presente quela Inspección Ocularde un sitio de suceso, debe efectuarse observando las reglas de Oro de la Criminalística, como lo es el efectuar el examen sin apresuramiento, con el mínimo de personas en el lugar del hecho ( solamente las útiles) y sin ideas preconcebidas.

PRIMERA INSPECCION OCULAR:

En esta etapa el Investigador a cargo del equipo de trabajo, primeramente establecerá si el sitio de suceso se encuentra debidamente protegido, si esta protección es efectuada por Carabineros o es necesario disponerla en el acto mismo, determinará si el sitio del suceso se encuentra visiblemente alterado o modificado, y de acuerdo a las consideraciones como de la visión general de los hechos determinará la metodología de trabajo y procedimientos apropiados de acuerdo a las características particulares del hecho, tales como:

- Delimitación del área del sitio del suceso, de acuerdo al tipo y lugar del hecho.
- Tipo del Hecho, ejemplo Suicidio, Homicidio, Parricidio, etc.

Importante es tener presente que el investigador deberá realizar en esta etapa una verdadera “fijación mental del sitio del suceso”, lo que le permitirá obtener una visión panorámica del hecho.

SEGUNDA INSPECCION OCULAR:

En esta etapa se debe considerar como determinante la protección de las evidencias del sitio del suceso, con el objeto de fijarlas y conservarlas posteriormente, con el claro sentido de poder realizar una reproducción lo más exacta y fidedigna de cómo ocurrieron los hechos, permitiendo también ubicarse en el lugar y tiempo físico del momento, por tal motivo la protección de las evidencias, debe efectuarse con la mayor acuciosidad y conocimiento respecto de las mismas, como del hecho en particular. Debe considerarse que las evidencias, junto con permitir establecer las circunstancias de cómo ocurrieron los hyechos, se transformará en los elementos más importantes de la investigación, ya que a través de ellas se va a determinar los rasgos, características del hecho, de la víctima del autor y lo más importante, servirán como base para que el tribunal, pueda adoptar una resolución y determinar las responsabilidades de los implicados en los hechos.

TERCERA INSPECCIÓN OCULAR :

En esta etapa de procede a efectuar un análisis e interpretación de los hechos, especialmente sobre la base del exhaustivo examen del sitio del suceso, que permitirá la ubicación de indicios, huellas, rastros y evidencias  encontradas, en torno a las cuales se realiza una discusión de carácter criminalístico, que permitirá a los investigadores deducir si el hecho investigativo corresponde a un homicidio, suicidio, parricidio, muerte por enfermedad, además de la:

Data de Muerte, estimada en horas, a la finalización del examen.

Causa Probable de muerte, (muerte por infarto al miocardio, muerte accidental, homicidio causado por herida a bala con o sin salida de proyectil, traumatismo cráneo encefálico).

2.4.- FIJACIONES

Esta etapa tiene como finalidad fijar todo lo concerniente al sitio del suceso, sea abierto o cerrado, (cadáver, huellas, rastros, indicios y otros), debe fijarse de lo general a lo particular, de lo particular al detalle y del detalle al más mínimo detalle.

Existen tres medios habituales de fijación:

- ESCRITA : A cargo de un investigador policial que deberá consignar detallada y ordenadamente todo lo que se observa.
- FOTOGRAFICA : Debe efectuarse de lo general a lo particular, de lo particular al detalle y del detalle al más mínimo detalle. En primer lugar se tomará una vista general del sitio del suceso, (una visión panorámica, de tal manera que el perito fotógrafo registre todos los elementos y evidencias de tal manera que el perito fotógrafo registre todos los elementos y evidencias que conforman el sitio del suceso). Lo particular, el detalle y el más mínimo detalle deben ser dirigidos por el Investigador responsable.
- PLANIMETRICA : Debe ser exacta esquemática y sin exceso de detalles, es de capital importancia, pues la fotografía no proporciona medidas. Es conveniente hacer un dibujo simple, siguiendo la metodología indicada para cada tipo de sitio del suceso, abierto o cerrado. Deberá indicarse la distancia métrica de los rastros, huellas indicidos con relación al cadáver en el sitio del suceso abierto, o del acceso principal en el sitio del suceso cerrado.

Es de utilidad, especialmente para indicar es rastreo sanguíneo, la confección o dibujo de un Plano de Planta. En el sitio del suceso en que intervienen armas de fuego, para facilitar la fijación de las muescas y establecer la trayectoria, es conveniente confeccionar un Plano de Abatimiento o de Kenyers. Se dibuja primero el piso, luego las paredes abatidas, asimismo el techo o el cielo raso se le dibujará en uno de los lados. Antes de levantar cualquier evidencia esta debe ser fijada previamente. Luego se procede de acuerdo a técnicas preestablecidas para recogerlas, envasarlas, rotularlas y enviarlas al Laboratorio de Criminalística con la petición de la pericia respectiva. Es necesario que en ella se consignen los antecedentes del hecho investigado y la naturaleza de la pericia a realizar.

- OTRAS FIJACIONES : En la actualidad se debe considerar nuevas técnicas de fijación, tales como filmación y grabación relatada, de acuerdo a la metodología y secuencia empleada para cada sitio del suceso.

3.- PERITAJES

3.1.- HUELLAS:

El Investigador que concurre al Sitio del Suceso debe tener la capacidad de observación e intuición, para determinar los posibles soportes que puede haber manipulado él o los autores, procediendo de inmediato el perito en huellas, conforme a la técnica y soporte, aplicar los reactivos  correspondientes y una vez que por este método sea visible una huella o un trozo de ella, proceder a su fijación fotográfica, con una escala de 1 es a 1, también puede tomarse una microfotografía o de acuerdo al equipo con que se cuente colocar una huincha métrica junto a la huella.

Debe considerarse que un foco de luz muy cerca de la huella puede dañarla o alterarla (por el calor que irradia), además, mucha luz puede producir reflejo con el soporte y la fotografía no sería optima, con lo cual en el juicio no se podría probar que la huella del soporte es la misma que se investigó y se presenta al tribunal.

Siempre considerar que una huella digital en el sitio del suceso no indica que corresponde al autor, solamente indica presencia en el lugar. Siempre tomar impresiones al cadáver, para identificación y descarte de huellas levantadas del lugar. En estos casos se procede como si se tratara de una persona viva teniendo solamente la precaución de verificar antes de entintar los dedos que éstos se encuentren limpios y secos. En cuanto a la posición que debe tener el cadáver al momento de tomar sus impresiones dactilares, algunos identificadores prefieren tenderlo sobre una mesa en posición ventral, con las palma hacia abajo.

3.2.- QUIMICO:

El análisis de ADN es una nueva y poderosa herramienta con que cuenta la justicia para relacionar a un sospechoso con un delito, y lo más importante, excluir con absoluta seguridad a una persona inocente.

El ADN es posible obtenerlo de sangre, tejido, semen, hueso, cabellos con raíces que pudiesen existir en el sitio del suceso, etc.

Ejemplo: manchas de sangre encontradas en el sitio del suceso por homicidio, deben ser comparadas con la sangre de la víctima y del o los sospechosos.

El análisis de ADN es especialmente útil en delitos sexuales, homicidios, asaltos, cuerpos mutilados y sin identificación, etc.

3.3.- BALISTICO:

El peritaje balístico nos entrega información útil sobre el tipo de arma que ha sido usada, calibre, número de serie, si ha sido disparada, si se encuentra apta como arma de fuego (funciona) y lo más importante, si esa arma disparó el proyectil encontrado en el sitio del suceso o en el cadáver.

3.4.- OTROS PERITAJES:

Pueden ser solicitados al Servicio Médico Legal, Universidades o al organismo que estime más idóneo el Juez o Fiscal, con relación a la materia o naturaleza de la investigación (osamentas, elementos tóxicos, explosivos, etc.)

4.- EVIDENCIAS

Actuaciones de la Policía sin orden previa. (Artículo 83 Código Procesal Penal) “ Corresponde a los funcionarios de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile, realizar las siguientes actuaciones, sin necesidad de recibir previamente instrucciones particulares de los fiscales”, letra c) Inciso 2°: “ El personal policial experto deberá recoger, identificar y conservar bajo sello los objetos, documentos o instrumentos de cualquier clase que parecieren haber servido a la comisión del hecho investigado, sus efectos o los que pudieren ser utilizados como medios de prueba, para ser remitidos a quien correspondiere, dejando constancia, en el registro que se levantare, de la individualización completa del o los funcionarios policiales que llevaren a cabo esta diligencia”.

4.1.- RECOLECCION Y PRESERVACION DE EVIDENCIA

Las evidencias biológicas encontradas en un sitio del suceso pueden dañarse por acción del calor, humedad, exposición directa a la luz solar o contaminaciones bacterianas. Por esta razón se debe observar un procedimiento que permita un buen manejo dela muestra. Silas evidencias se mantienen correctamente, se aumenta la posibilidad de obtener resultados positivos.

4.2.- TIPO DE EVIDENCIAS Y CANTIDAD QUE SE DEBE REMITIR AL

LABORATORIO.

Sangre – Liquida: 1 a 2 ml. , obtenidos directamente de la víctima o sospechoso, con anticoagulante EDTA. Si no es posible enviar líquida, impregnar tela de algodón blanca con la muestra, usando como referencia el tamaño de una moneda de $10.

Semen - Líquido (3 gotas)

- Seco (Cortar un trozo tamaño moneda de $10)

Otros – Tejidos, huesos, dientes, etc. (Este tipo de muestras deben ser evaluadas por personal experto, dependiendo de la cantidad y del estado en que se encuentren).

Enviar muestras de sangre de la víctima y sospechoso (s), según procedimiento indicado anteriormente.

4.3.- ¿ COMO RECOLECTAR LA EVIDENCIA?

Las especies deben ser recogidas y secadas lo más pronto posible a fin de evitar contaminación bacteriana.

Especies húmedas:

- Secado a la sombra
- Secado rápido con ventilador o secador de pelo en aire frío
- Absorber sangre líquida en gasa o tips de algodón y secar con el procedimiento anterior.

Muestras secas:

- Raspar o cortar la mancha con soporte incluido.

¿ Como se recogen balas?

Con el soporte. Deslizando un papel por debajo y colocándolo en un papel tissue, para proteger las huellas primarias y secundarias. Tomándola con los dedos, desde su manto, nunca desde la ojiva y culote, por cuanto en la ojiva siempre quedan sustancias adheridas que pueden ser periciadas. Si la bala esta incrustada en una muralla, se levantará si es posible, con el soporte, ahondando en él, gradualmente, aproximándose a la bala, hasta lograr extraerla con tela adhesiva, de su culote o con los dedos en la forma ya citada.

Al estar botada en el piso, buscar muescas y/o descascarado, en la muralla, techo, muebles, etc., para determinar su rebote. Si no está incrustada, establecer su ángulo de caída y averiguar si existe correspondencia. Para la extracción no se usa herramienta metálica. Se envasa en un frasco, siempre con papel tissue ojalá en un fondo de gasa o algodón. Se recoge en un sobre plástico o de papel o de cartón.

¿ Como se recogen las vainillas?

Siempre con el soporte. Con un papel deslizado por debajo, cos dedos haciendo contacto en sus extremos. A la olfación determinar si existe franco o leve olor a pólvora.

¿ Como se recogen cartuchos?

Si están percutidos en la misma forma que las vainillas, siempre leer el culote: calibre, fabricación, marca, cráter de percusión.

Sin no están percutidos no enviar al Lacrim; salvo que sean cartuchos especiales, desconocidos en nuestro medio.

¿ Como se recoge un revólver descartado de huellas?

De cualquier manera; pero adoptando las medidas de seguridad para que no se produzca por torpeza o descuido un disparo. Procurar además fijarse si hay rastros sanguíneos en el punto de mira, alrededor de él, al interior del ánima, cerca de la masa del cañón o salida de masa encefálica o pelos chamuscados.

Si el arma no esta descartada de huellas.

Con los dedos, del borde del arco del guardamonte. De la parte estriada del martillo de percusión, con un lápiz, un cordel por detrás del disparador, del arco de guardamonte. De la anilla que algunos revólveres tienen en la parte inferior dela empuñadura. Jamásse colocará un lápiz al interior del cañón porque destruye indicios muy importantes, como restos de deflagración de la pólvora, masa encefálica, pelos chamuscados, manchas sanguíneas, etc.

Se deben registrar las características del arma, su calibre, marca, giro de la nuez, etc.

¿ Como se recoge una pistola?

En forma similar que el revólver, con la precaución de que puede encontrarse un cartucho en la recámara.

¿ Como se recoge vidrio?

Con una espátula o un papel deslizándolo por debajo.

¿ Como se recoge pintura?

Jamás con cinta adhesiva porque interfiere con su análisis químico. Si se trata de láminas secas con un papel por debajo que contraste con el color, si está fresca con una espátula.

¿ Como se recoge mugre de uñas?

El legrado de uñas o contenido subungeal, se obtiene valiéndose de un trocito de madera, con un extremo ancho humedecido. Mugre que se deposita por separado dedo por dedo en una papel de contraste.

¿ Como se recoge manchas fecales?

Con el soporte o con una espátula. Se encuentra en el sitio del suceso a veces, encima de soportes de papel, géneros, pañuelos, toallas, en lugares no destinados al efecto, como cocina, living, comedor etc.

¿ Como se recoge manchas de orina?

En estado liquido con una jeringa.

4.5.- ENVASADO Y ENVIO DE ESPECIES

- Secar las especies si es necesario – No mezclar las especies
- Usar envases de papel o cartón (nunca nylón).
- Evitar el calor y el sol directo.
- Almacenar en congelador.
- Rotular claramente la encomienda y explicar las situaciones relevantes del caso.

4.5.- RESIDUOS NITRADOS:

Se toma un trozo de 10 a 15 cm. De cinta adhesiva (scotch), se doblan las puntas (1cm) pegamento contra pegamento y tomándolo de estos extremos se pega contra la mano, dedos o superficie corpórea que se presume estuvo en contacto más próximo con el arma, en reiteradas oportunidades, tratando de pegar cualquier cosa que pueda encontrarse adherida, luego la mitad del trozo se pega contra el pegamento de la otra mitad, se envasa y se consigna de que mano o lugar se obtuvo. Es importante que ambos extremos que fueron doblados al comienzo se mantengan libres para que el perito pueda estirar fácilmente la cinta y periciar la parte con pegamento para establecer la presencia de residuos nitrados.

4.6.- CUSTODIA SEGÚN EL CODIGO PROCESAL PENAL.

Objetos, documentos e instrumentos. (Art. 187).- Los objetos, documentos e instrumentos de cualquier clase que parecieren haber servido o haber estado destinados a la comisión del hecho investigado, o los que de él provinieren, o los que pudieren servir como medios de prueba, así como los que se encontraren en el sitio del suceso a que se refiere la letra c) del artículo 83, serán recogidos, identificados y conservados bajo sello. En todo caso, se levantará un registro de la diligencia, de acuerdo con las normas generales. Si los objetos, documentos e instrumentos se encontraren en poder del imputado o de otra persona, se procederá a su incautación, de conformidad a lo dispuesto en este Título. Con todo, tratándose de objetos, documentos e instrumentos que fueren hallados en poder del imputado respecto de quien se practicare detención en ejercicio de la facultad prevista en el artículo 83 letra b), se podrá proceder a su incautación en forma inmediata.

Conservación de las especies. (Art. 188) Las especies recogidas durante la investigación serán conservadas bajo la custodia del Ministerio Público, quien deberá tomar las medidas necesarias para evitar que se alteren de cualquier forma.

Podrá reclamarse ante el juez de garantía por la inobservancia de las disposiciones antes señaladas, a fin que adopte las medidas necesarias para la debida preservación e integridad de las especies recogidas.

Los intervinientes tendrán acceso a esas especies, con el fin de reconocerlas o realizar alguna pericia, siempre que fueren autorizados por el Ministerio Público o, en su caso, por el juez de garantía. El Ministerio Público llevará un registro especial en el que conste la identificación de las personas que fueren autorizadas para reconocerlas o manipularlas, dejándose copia, en su caso, de la correspondiente autorización.

AUTOR: Profesor: Rubén H. Silva Sandoval 2005.-

Fuente: http://www.procedimientospoliciales.com/nota.asp?CodigoNoticia=1939

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