Y vista tu cara yo te condeno.

Cuando tengas dudas entre dos presuntos culpables, condena al más feo

Acostumbrados a los eslóganes moralistas repletos de de tanta ingenuidad como de buenas intenciones, nos puede producir cierto recelo o exaltación incluso cuando oímos a alguien ensalzar -quizá con demasiado empeño- las cualidades físicas de otros. “Otros” que en ocasiones sabemos a ciencia cierta, por así decir, que no valen lo que aparentan o que tienen el encefalograma tan plano que es de temer incluso que se quiebre… Así pues, los entusiastas del físico y las apariencias son frecuentemente tildados de superficiales y, en ocasiones, con mucha razón.

 

Sin ánimo de entrar en el debate de “¿qué es más importante, el interior o el exterior?” que, a mi juicio, no deja rayar lo absurdo la mayoría de las veces, he de subrayar la importancia fáctica que el atractivo físico tiene y que alcanza o ha alcanzado límites que  la mayoría de las personas ni sospecha. ¿Qué pensarían de un mundo donde uno tuviera más posibilidades que otro de ser ejecutado por su fealdad? Pues esto no parece tan alejado de la realidad aunque sea una realidad pasada.

 

Con los primeros balbuceos del empirismo en el ámbito de la investigación criminológica aparecieron una serie de disciplinas que, pese a sus peligrosas conclusiones, inspirarían la posterior investigación antropológica en la criminalística e introducirían los primeros intentos de explicación del crimen en base a la observación del hombre delincuente desde diversas perspectivas. Cabe citar entre dichas disciplinas la Fisionomía o la Frenología.

 

La Fisionomía en el ámbito criminológico nace fundamentalmente de la creencia popular de la existencia de una correlación entre el ser de una persona y su físico, así, un criminal debía tener ciertos rasgos característicos que lo diferenciarían del resto, siendo el malhechor generalmente poco agraciado y  la persona bondadosa bella. Así el artista italiano DELLA PORTA (1545-1616) señalaría la existencia de ciertos rasgos expresivo-morfológicos característicos de la persona criminal tras la observación de reclusos de distintas cárceles y cadáveres de delincuentes ajusticiados. LAVATER (1741-1801), teólogo suizo, defendió la existencia de una profunda interrelación entre lo interno y lo externo en el hombre, siendo por así decir el rostro el reflejo del alma. Es más, llegó a señalar determinadas partes del rostro como características de determinadas cualidades psicológicas del individuo, así la frente sería la representante de la vida intelectual del individuo, la nariz y los ojos de la moral y la sensibilidad, y el mentón de lo animal e instintivo. Establecería a su vez la descripción de la fisionomía del individuo que denominaría “hombre de maldad natural”, un claro anticipo del “delincuente nato” de LOMBROSO, que llegaría después -y del que quizás se hable en otro momento-.

 

La Frenología aparecería durante el siglo XIX y su fundamento esencial es la creencia de que el cráneo humano presenta variaciones que son manifiesto de características psíquicas determinadas y de un cierto tipo de organización del cerebro. Así, la causa de una determinada conducta -incluido la delictiva- encuentra su fundamento en malformaciones y anomalías cerebrales. GALL (1758-1828) trazaría tras una extensa investigación un mapa cerebral en el que encontró 38 regiones en las que según él residirían determinadas facultades anímicas de la persona. La frenología abundó en la hipótesis de que la conducta delictiva tenía su fundamento en un desarrollo incorrecto del cerebro que generaría una recurrencia excesiva de determinados sentimientos o instintos como el de agresión. Se partió pues de una cierta hipótesis de innatismo y predisposición orgánica del individuo, cuya conducta vendría condicionada o facilitada por su constitución cerebral y craneal.

 

A pesar de lo cuestionable de ciertas conclusiones extraídas hay que reconocer que supuso un avance notable en diversos aspectos: la introducción de una metodología más rigurosa y fundamentada en la observación, en contraste con las teorías filosófico-políticas previas, el regreso del interés por la persona del delincuente en el seno del acto criminal o la concepción de la posibilidad de la exención de responsabilidad criminal en determinados casos clínicos son algunas de las contribuciones de esta época denominada “precientífica” de la investigación entorno al crimen y al sujeto delincuente.

 

Si bien hoy en día son posiciones ampliamente superadas, hay que reconocer que antiguamente tuvieron su importancia. De hecho, cabe citar a este respecto el “Edicto de Valerio” -<<cuando tengas dudas entre dos presuntos culpables, condena al más feo>>-  o incluso la frase del marqués de Moscardi, juez napolitano del s.XVIII, que estableció como precedente procesal y decía lo siguiente <<Oídos los testigos de cargo y de descargo, y vista tu cara y tu cabeza, te condeno…>>.

 

http://lifetasteslikeirony.wordpress.com/2010/08/20/y-vista-tu-cara-yo-te-condeno/

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