Lesionología

Publicado en Medicina Forense

Lesionología

INTRODUCCION
Se considera que los delitos más primitivos y antiguos de la humanidad son los de lesiones y homicidio. Antiguamente se arrojaba al agua al sospechoso de cometer el delito; si flotaba era inocente, si se hundía era culpable, o se le arrastraba ante la presencia de la victima hasta que fallecía, si las heridas de su cadáver sangraban, era inocente.

En la sociedad azteca, su organización se gestaba en el calpulli, que constaba de veinte jurados formados por los nobles de un clan, el funcionario llamado calpullec distribuía las tierras comunes y decidía sobre las disputas suscitadas, administraba justicia en los asuntos de menor importancia, representaba a su grupo en los casos de controversia con otros clanes y cobraba los impuestos. El gran consejo era el conjunto de calpullis de la tribu y estaba compuesto por los representantes de veinte calpullis llamado tlatocan, que era encargado de juzgar asuntos criminales y civiles de la tribu, lo mismo que resolvía operaciones de guerra y concertaba la paz.

La ley castigaba los delitos, dictaminaba la propiedad, la moral, las buenas costumbres, el orden, la tranquilidad pública, la patria y la religión. Las penas más frecuentes era la de muerte, la mutilación, la esclavitud, el destierro, la confiscación de bienes, la suspensión de derechos y la pérdida del empleo.

Todo hace suponer que intervenía un criterio médico legal aún cuando no existía esta especialidad médica entre los aztecas. Como prueba de ello se tenía una clasificación de las heridas.

Tlacocoli ó Trautectli: Cualquier herida.
Temotzoliztli: Rasguños.
Tlaxipeualiztli: Desolladuras.
Teixililiztli: Heridas punzantes producidas por lanza.
Netoxomaliztli: Desolladura producto de un golpe.

En México durante la época colonial, la Medicina Legal en México siguió dos cursos el académico y el auxiliar de la Procuración y Administración de la Justicia. El auto de heridores mandaba que a los que produjesen heridas leves deberían pagar la correspondiente curación, sufriendo además la pena de 50 azotes en público y dos meses de prisión por la primera vez, y cuatro mese por la segunda vez. Si la herida era grave, eran 50 azotes en público, y era condenada a prisión por un año, esta forma de castigar el daño se ocupo
hasta después de la consumación de la independencia.

 

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Fuente de imagen: http://vespuciorunnerteam.blogspot.com/2008/04/el-90-de-los-deportistas-sufren-de.html